Sección 301 + Sección 122: Descifrando el nuevo conjunto de aranceles entre China y Estados Unidos.
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En 2026, al transportar mercancías entre China y Estados Unidos, el arancel aduanero de un solo contenedor ya no provendrá de una sola partida. Se trata de un conjunto de factores: un arancel base, un recargo específico para China (Sección 301) que se ha ido acumulando desde 2018, y un recargo de emergencia (Sección 122) introducido en febrero de 2026 tras la anulación del régimen arancelario anterior por parte del Tribunal Supremo. Los importadores ya no pueden permitirse ignorar la interacción de estos factores; es la diferencia entre un modelo de costes de importación que realmente funciona y uno que reduce sutilmente el margen de beneficio en cada envío.
Esta guía explica qué son las Secciones 301 y 122, cómo se complementan para los productos de origen chino, qué ha cambiado en los últimos meses y qué deben esperar los importadores a medida que se acerca la fecha de vencimiento prevista del recargo de la Sección 122, el 24 de julio de 2026. Siempre que sea posible, traducimos la jerga legal a cifras que pueda utilizar en un presupuesto.
Un breve repaso: Dos herramientas legales muy diferentes
Las secciones 301 y 122 emanan de distintas partes de la legislación comercial estadounidense, un hecho que es más importante de lo que la mayoría de los importadores saben. Estados Unidos puede invocar la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 para, tras una investigación formal sobre prácticas comerciales desleales como el robo de propiedad intelectual o la transferencia forzada de tecnología, un Representante Comercial impone aranceles a un socio comercial en particular. Estos no tienen fecha de vencimiento ni límite legal. Por eso, los aranceles de la Sección 301 de China, impuestos por primera vez en 2018, siguen vigentes hoy en día.
En cambio, la Sección 122 es un instrumento tosco y transitorio. Faculta al Presidente para aplicar un arancel de emergencia de hasta el 15% a las importaciones procedentes de prácticamente cualquier país, pero solo por un máximo de 150 días y únicamente para remediar una crisis específica de balanza de pagos. Nunca se concibió como un régimen arancelario permanente; es más bien una válvula de escape que el Congreso incluyó en la ley para breves periodos de acción ejecutiva.
La importancia de ambos aspectos radica en el momento oportuno. A las pocas horas de que la Corte Suprema invalidara los aranceles más amplios del gobierno basados en la IEEPA el 20 de febrero de 2026, la Casa Blanca recurrió a la Sección 122, firmando una proclamación que impuso una tasa fija a prácticamente todas las importaciones a partir del 24 de febrero. Este impuesto no reemplazó la Sección 301 sobre los productos de origen chino, sino que se sumó a ella.
Sección 301: La capa permanente sobre los productos de origen chino
Los aranceles de la Sección 301 impuestos a China se aplican a un comercio anual de aproximadamente 370 mil millones de dólares, organizados en cuatro listas de productos que se acumularon por fases entre 2018 y 2019, y que luego se modificaron nuevamente durante una revisión en 2024 bajo la administración Biden. Los aumentos de 2024 se dirigieron a áreas cruciales —vehículos eléctricos, semiconductores, células solares y ciertos productos médicos— y se implementaron gradualmente hasta enero de 2026, por lo que algunas de las tasas más altas de esta lista aún son relativamente recientes.
En la práctica, esto se traduce en un amplio abanico de aranceles según la lista del código HTS en la que se encuentre. La lista 4A, con un arancel del 7.5 %, abarca la mayoría de los productos de consumo habituales, mientras que los productos de las listas 1 a 3 suelen tener un arancel del 25 %. Los aranceles son considerablemente más altos en áreas estratégicas, llegando incluso a ser prohibitivos en algunos casos.
| Categorías del producto | Lista de la Sección 301 | Tasa actual |
| Bienes de consumo general (electrónica, artículos para el hogar) | Lista 4A | 7.5% |
| Maquinaria industrial, productos químicos, componentes seleccionados | Lista 1–3 | 25% |
| Semiconductores | 2024 Comentario | 50% |
| Células solares | 2024 Comentario | 50% |
| Los vehículos eléctricos | 2024 Comentario | 100% |
| Determinados productos médicos (jeringas, EPI) | 2024 Comentario | 25-100% |
Aún existen algunas exclusiones para ciertos códigos HTS, y la USTR las ha prorrogado periódicamente. La lista actual de exclusiones incluye cientos de códigos de producto y se ha extendido hasta finales de 2026 para numerosas categorías. En ocasiones, una pequeña exclusión puede reducir el precio drásticamente, por lo que conviene consultar la base de datos de exclusiones de la USTR con su código HTS específico de 8 o 10 dígitos antes de asumir que el precio indicado en la lista es el que se paga.
Nada de esto cambió con el veredicto de la Corte Suprema en febrero. El fallo de la Corte se refería a los aranceles impuestos en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA), una jurisdicción legislativa completamente distinta. Los aranceles del artículo 301 sobre China permanecen íntegramente vigentes a pesar del resultado del litigio de la IEEPA.
Sección 122: El recargo temporal que cambió las matemáticas
La Sección 122 surgió prácticamente por accidente, al menos en su planificación. La administración, ante la repentina pérdida de ingresos y poder arancelario tras la sentencia del Tribunal Supremo en el caso Learning Resources, Inc. contra Trump, que dictaminó que la IEEPA no autorizaba al presidente a imponer aranceles, buscó una alternativa inmediata. La herramienta más rápida disponible fue la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, ya que otorga al presidente autoridad absoluta —sin investigación ni período de espera— para responder a una emergencia declarada en la balanza de pagos.
La administración alegó un déficit comercial de bienes de casi 1.2 billones de dólares anuales y una posición neta de inversión internacional significativamente negativa como motivos del anuncio. El recargo entró en vigor el 24 de febrero de 2026 con una tasa ad valorem del 10%, y se aplicó de forma generalizada a todos los países y categorías de productos, con exenciones para las mercancías que ya estaban en tránsito, ciertos materiales agrícolas y religiosos, las mercancías que cumplen los requisitos del T-MEC procedentes de Canadá y México, y algunas otras excepciones específicas enumeradas en los anexos de la proclamación.
Lo que distingue a la Sección 122 de todas las demás herramientas arancelarias en uso actualmente es su plazo fijo. La ley limita dichos recargos a 150 días, a menos que el Congreso prorrogue el período, y actualmente no hay legislación pendiente al respecto. Esto le otorga una fecha de vencimiento firme y fija: el 24 de julio de 2026, fecha que ha figurado en casi todas las advertencias comerciales emitidas en los últimos meses, ya que es uno de los pocos puntos verdaderamente fijos en un panorama arancelario por lo demás cambiante.
La historia legal ha estado lejos de resolverse desde febrero. 7 de mayo de 2026. Un panel dividido en el Tribunal de Comercio Internacional de EE. UU. decidió que la proclamación excedía la autoridad legal del presidente, ya que no especificaba el tipo de déficit de balanza de pagos que exige expresamente la Sección 122. La decisión permitió una orden judicial permanente, pero solo para los tres demandantes que presentaron la demanda, no para los importadores en general. El Departamento de Justicia apeló y, el 11 de junio de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal emitió una suspensión de la orden judicial del tribunal inferior, lo que significa que la CBP ha continuado cobrando la tarifa del 10 por ciento a todos, incluidos los demandantes, mientras la apelación está en curso.
Para la mayoría de los importadores, el resultado final de meses de litigio no ha sido prácticamente ningún cambio real: el recargo se sigue cobrando en la frontera y la mejor opción es continuar pagándolo y conservar el derecho a un reembolso si los tribunales finalmente deciden lo contrario. Por otra parte, el sistema CAPE de la CBP comenzó a aceptar solicitudes electrónicas de reembolso a través del Portal ACE en abril de 2026. Los importadores que pagaron aranceles durante el período anterior y más amplio de la IEEPA (de abril de 2025 a febrero de 2026) tienen derecho a recibir reembolsos específicamente por esa parte de la IEEPA.
Apilando las capas: lo que realmente se paga por los envíos con origen en China.
Los aranceles sobre las mercancías procedentes de China son acumulativos, no solo un porcentaje básico. Una estimación precisa del costo de desembarque generalmente comienza con el arancel base de Nación Más Favorecida para su código HTS, más el arancel aplicable de la Sección 301, más la Sección 122 cuando las mercancías no están exentas, más, si su producto pertenece al sector del acero, aluminio, cobre o automóviles, la Sección 232 además de todo lo anterior. La Sección 232 no se acumula sobre la Sección 122 en todas las situaciones, por lo que la combinación exacta depende de las anotaciones legales vinculadas a su línea arancelaria individual. Y este es un ámbito donde un pequeño error de clasificación puede costar miles de dólares en un cargamento.
| Escenario | Base MFN | Sección 301 | Sección 122 | Total efectivo |
| Prenda de vestir, código HTS 6109.10.00 | 16.5% | 7.5% (Lista 4A) | 10% | ~ 34% |
| Electrónica de consumo en general | 0% | 7.5% (Lista 4A) | 10% | ~ 17.5% |
| Componente industrial, Lista 1–3 | 2-5% | 25% | 10% | ~37–40 % |
| Producto de acero (se aplica la Sección 232) | 0-5% | 25% | 10% + 25% (232) | 60% |
| Células solares | 0-1.5% | 50% | 10% | ~ 60% |
Vale la pena detenerse a reflexionar sobre lo mucho mejor que es esto en comparación con la primera mitad de 2026. Antes de la orden de la Corte Suprema, los aranceles recíprocos sobre los productos chinos bajo la IEEPA habían elevado ciertas tasas efectivas al 145 por ciento. La Sección 122 está limitada por ley al 15 por ciento —actualmente al 10 por ciento—, por lo que el límite superior realista para la mayoría de los artículos de origen chino ha disminuido a un rango de entre el 35 y el 45 por ciento para las exportaciones no estratégicas, lo que representa una reducción considerable, pero aún históricamente alta.
Para dar una idea de la magnitud del problema para el consumidor: una prenda de 200 dólares que habría estado exenta de aranceles bajo la antigua normativa de minimis ahora puede tener entre 68 y 75 dólares en aranceles combinados al sumar el trato base de nación más favorecida (NMF), la Sección 301 y la Sección 122, sin siquiera incluir los costos de los agentes aduanales. Muchos vendedores transfronterizos están pasando del envío postal individual a modelos de despacho previo a granel y de almacenamiento y distribución, ya que los costos fijos de entrada formal son más fáciles de absorber a gran escala.
El precipicio del 24 de julio y lo que viene después
Todos los avisos sobre el tema dan la misma fecha. El recargo de la Sección 122 expirará automáticamente a las 12:01 a. m. a menos que el Congreso actúe. Hora del Este, 150 días después de su entrada en vigor, el 24 de julio de 2026. La administración no puede extenderlo por sí sola, y si bien se ha patrocinado en el Congreso un proyecto de ley llamado Ley de Recuperación de Poderes Comerciales, tiene el propósito opuesto: reducir la autoridad arancelaria presidencial en lugar de extenderla.
La administración no permitirá que esos ingresos simplemente desaparezcan. El 11 y 12 de marzo de 2026, la USTR inició dos nuevas y amplias investigaciones en virtud de la Sección 301: una sobre el exceso de capacidad estructural de producción en 16 economías, incluida China, y otra sobre las tácticas de aplicación de la ley contra el trabajo forzoso en 60 de los principales socios comerciales de Estados Unidos. Ambas se llevaron a cabo a un ritmo acelerado, en particular para que una estructura arancelaria sucesora pudiera estar disponible antes de que expire el plazo de la Sección 122. La fecha límite anunciada por la USTR para completar estas investigaciones fue el 20 de julio de 2026, cuatro días antes de la fecha de vencimiento, y el plan propuesto impondría aranceles en virtud de la Sección 301 de entre el 10 y el 12.5 por ciento en decenas de países.
Esta modificación preocupa menos a China en particular que a otros países, simplemente porque China tiene su propio marco regulatorio específico de la Sección 301 que no se ve afectado por nada de esto. Si se finalizan los nuevos aranceles de la Sección 301 sobre trabajo forzoso o exceso de capacidad, estas tasas podrían superponerse a los aranceles existentes específicos de China de las Listas 1 a 4A para productos de origen chino; sin embargo, al momento de redactar este informe, las reglas exactas de acumulación no se habían finalizado y, a diferencia de los aranceles actuales de la Sección 301 para China, no se espera que los nuevos aranceles de la Sección 301 sobre trabajo forzoso se acumulen sobre la Sección 232.
Mientras tanto, la Sección 232 está explorando cómo los productos farmacéuticos, los ingredientes farmacéuticos activos y los dispositivos médicos seguirán caminos separados, con aranceles del 100% sobre los productos farmacéuticos patentados que se implementarán el 31 de julio de 2026 para las grandes empresas y el 29 de septiembre para las pequeñas. A diferencia de la Sección 122, la Sección 232 no tiene un límite legal para la tasa ni una fecha de vencimiento incorporada, razón por la cual la administración sigue recurriendo a ella como un instrumento duradero a largo plazo.
A mediados de junio, el Tribunal Supremo también cerró una puerta que había estado abierta durante años: el 15 de junio de 2026, se negó a considerar la prolongada impugnación legal de las Listas 3 y 4A de la Sección 301 sobre productos chinos, poniendo fin de facto a ese litigio y confirmando que esos aranceles llegaron para quedarse, independientemente de cómo se resuelva la saga de la Sección 122.
Qué significa esto para su estrategia de abastecimiento y envío.
Pero nada de esto altera la realidad comercial subyacente: China sigue siendo la principal base de fabricación para una gran proporción de las categorías que se venden en el mercado estadounidense, y repatriar toda la cadena de suministro no es ni rápido ni barato. Para la mayoría de los importadores, la opción más realista es optimizar la clasificación, los plazos y la estructura logística, en lugar de intentar evitar por completo el sistema arancelario.
Clasificar correctamente un producto según el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) es fundamental, pero también es probable que se cometa un error al calcularlo cuando el tiempo apremia. Una clasificación errónea de un solo subpartido puede acarrear una tasa del 7.5 % según la Sección 301, en lugar del 25 %. Utilizado junto con técnicas de depósito aduanero o zona franca, esto permite a los importadores evitar el pago de aranceles hasta que los productos ingresen al mercado estadounidense, lo cual puede ser crucial para el flujo de caja cuando la tasa arancelaria total de un envío supera un tercio de su valor declarado.
Este año, también representa una herramienta clave para programar las entradas en torno a plazos legales como el 24 de julio. Las mercancías despachadas mediante declaración formal antes de que expire el recargo del artículo 122 quedan sujetas a la tarifa vigente en el momento de la entrada, mientras que las mercancías retenidas y declaradas posteriormente podrían quedar sujetas a un régimen sucesor totalmente diferente y aún no especificado. Estas decisiones sobre la programación dependen en gran medida de la disponibilidad de un socio de transporte que comprenda suficientemente el cronograma de tránsito marítimo y el calendario regulatorio como para planificar con anticipación a partir de un plazo impuesto por un tribunal.
Esta es precisamente la situación en la que un socio logístico con amplia experiencia en el comercio entre China y Estados Unidos encuentra su nicho de mercado. Desde 2010, Shenzhen Topway Shipping Co., Ltd. es un proveedor profesional de soluciones logísticas para el comercio electrónico transfronterizo. Su equipo fundador cuenta con más de 15 años de experiencia en logística internacional y despacho de aduanas, especialmente en el corredor China-Estados Unidos, la ruta comercial donde las secciones 301 y 122 entran en conflicto de forma más directa.
El servicio de Topway Shipping cubre toda la cadena logística, desde el transporte inicial que sale de China hasta el transporte marítimo. almacenaje En EE. UU., abarca desde el despacho de aduanas hasta la entrega final al cliente. Para los importadores que contemplan la transición del envío postal de paquetes a un modelo de despacho previo a granel y almacenamiento y distribución, en vista del entorno arancelario actual, este tipo de cobertura integral alivia gran parte de la carga de coordinación que, de otro modo, recaería directamente sobre el importador. La empresa también ofrece un servicio flexible de transporte marítimo de carga completa y carga parcial desde China a los principales puertos del mundo, lo que permite a los transportistas aumentar o disminuir la capacidad cuando cambian las leyes arancelarias sin tener que firmar un nuevo contrato de flete cada vez.
Cada vez más, contar con un socio que supervise estos cambios regulatorios día a día, en lugar de enterarse de una variación en las tarifas a través de la factura de un agente de aduanas, es parte de lo que distingue a los importadores que protegen sus márgenes de aquellos que asumen gastos innecesarios.
Nota sobre los envíos de minimis y de paquetes pequeños.
Un cambio que recibe menos atención que los aranceles generales, pero que probablemente transformó el comercio electrónico transfronterizo más que cualquier porcentaje individual, es el fin efectivo del trato libre de aranceles para los envíos de bajo valor procedentes de China. La excepción de minimis permitió, durante años, que los envíos con un precio inferior a 800 dólares entraran en Estados Unidos sin aranceles formales, lo que permitió a las plataformas de venta directa al consumidor enviar artículos individuales directamente desde almacenes chinos a precios razonables. La exención se ha ido endureciendo gradualmente en los últimos dos años para los productos de origen chino, y el actual régimen impositivo se aplica en su totalidad incluso a los envíos que antes estaban exentos de aranceles.
Esto significa que muchos comerciantes que basaron todo su modelo de negocio en el envío de paquetes postales ahora están recalculando sus estrategias desde cero. Un modelo que funcionaba cuando un artículo de 50 dólares entraba libre de impuestos, ya no funciona cuando ese mismo artículo ahora tiene una tasa combinada de NMF, Sección 301 y Sección 122 que puede oscilar entre el 20 y el 40 por ciento, según el código HTS. Esta es una de las razones principales por las que la consolidación de grandes volúmenes y la entrada oficial a través de un depósito aduanero se han vuelto más atractivas que antes, incluso para los vendedores que habían evitado por completo el papeleo adicional de la entrada formal en aduanas.
Conclusión
El escenario arancelario entre EE. UU. y China a mediados de 2026 es mucho más complejo que hace un año, pero no es imposible de predecir. La Sección 301 es el núcleo permanente de los aranceles específicos para China, acumulados durante casi una década de investigaciones y revisiones, y no desaparecerá independientemente de lo que decidan los tribunales sobre otros asuntos. La Sección 122 es la incógnita, una medida provisional, un arancel impugnado legalmente que se acerca a su vencimiento legal el 24 de julio de 2026, mientras que ya se está creando un reemplazo basado en la Sección 301. La tarea práctica es la misma para cualquier empresa que transporte mercancías entre China y Estados Unidos: clasificar con precisión, modelar el conjunto completo de aranceles en lugar de una sola tarifa nominal, vigilar de cerca la fecha límite del 24 de julio y trabajar con socios logísticos que puedan ajustar las rutas y los plazos de entrada a medida que las normas cambian. El conjunto de aranceles no se volverá menos complejo antes de estabilizarse, pero no tiene por qué ser inmanejable con el socio adecuado de transporte y aduanas.
Preguntas Frecuentes
P: ¿La Sección 122 reemplaza los aranceles de la Sección 301 sobre los productos chinos?
A: Cero. Ambos aranceles se superponen para los productos de origen chino. La Sección 301 es un régimen arancelario permanente específico para China; la Sección 122 es un recargo temporal y general que se aplica a la mayoría de los socios comerciales. Un envío procedente de China puede estar sujeto a ambos.
P: ¿Cuándo vence el recargo de la Sección 122?
A: Está previsto que expire a las 12:01 a. m. (hora del este) del 24 de julio de 2026, 150 días después de su entrada en vigor el 24 de febrero de 2026, a menos que el Congreso apruebe una ley que la prorrogue, lo cual no se prevé que ocurra actualmente.
P: ¿Se sigue cobrando el recargo del 10 por ciento previsto en la Sección 122 a pesar del fallo judicial en contra?
A: Sí. En mayo de 2026, el Tribunal de Comercio Internacional declaró ilegal el impuesto, pero el Tribunal Federal de Apelaciones pospuso la orden en junio a la espera de una apelación del gobierno, y mientras tanto, la CBP continúa cobrando el recargo a todos los importadores.
P: ¿Qué sustituye a la Sección 122 una vez que expira?
A: La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) ha propuesto aranceles adicionales en virtud de la Sección 301, de entre el 10 y el 12.5 por ciento, a decenas de naciones, basándose en las investigaciones en curso sobre trabajo forzoso y exceso de capacidad de producción, que sustituirían a la actual, y con el objetivo de que su aplicación finalice poco antes de la fecha límite del 24 de julio.
P: ¿Puedo obtener un reembolso por las tarifas que ya pagué?
A: Los importadores que pagaron aranceles bajo el régimen arancelario anterior basado en la IEEPA entre abril de 2025 y febrero de 2026 pueden solicitar un reembolso a través del portal ACE de la CBP. Los aranceles de la Sección 301 no son reembolsables, y la disponibilidad de un reembolso conforme a la Sección 122 depende del resultado de la presente apelación judicial.